Según la definición del gobierno, una vía privada es cualquier que se separe de una vía pública y conduzca a una propiedad privada, como un camino de entrada, una granja o un terreno. Una vía privada no pertenece a la ciudad, por lo que no existe una entidad oficial a cargo del mantenimiento, nomenclatura y protección.
También de acuerdo con la ley, cualquier tipo de camino, ya sea una calle principal o un camino privado, necesita un nombre. En realidad, existe un conjunto de pautas presentadas por el Departamento de Seguridad Vial sobre cómo se debe nombrar una carretera privada. El propietario de una carretera privada tiene la última palabra en el nombre, siempre que cumpla con los estándares: sin apellidos, no más de 40 caracteres en el nombre, sin guiones ni guiones, y sin varios nombres, incluso si la carretera tiene intersecciones o curvas. La denominación de una vía privada requiere pasos específicos si más de dos personas, sin relación entre sí, viven en ella.
Una vez nombrada, una carretera privada debe tener un letrero al principio o en la entrada que muestre dicho nombre. El costo de la instalación oficial del letrero lo paga el propietario, no el gobierno del condado. Las señales de tráfico están permitidas pero no son obligatorias en las carreteras privadas, por lo que la decisión final depende del propietario.
Los estándares de lo que se puede o debe hacer con una carretera privada varían según el estado, la ciudad e incluso el condado. En algunos lugares, un camino privado debe cumplir con los estándares de la ciudad, como ancho mínimo, ángulo de giro, zanjas laterales, etc. Algunos condados requieren que los caminos privados estén cubiertos con grava o pavimento y tienen pautas sobre el grosor de la base. Dependiendo del área, también puede ser necesario mantener la entrada a un camino privado libre de pasto o escombros, incluso si el resto del camino está repleto. Es de suponer que esto se hace para evitar accidentes cuando los conductores se acercan a la entrada mientras aún están parados en la vía pública.