¿Qué significa «por valor recibido»?

«Por valor recibido» es un término legal utilizado para indicar que algo valioso fue intercambiado en una transacción contractual sin identificarlo específicamente. La frase se usa a menudo en pagarés, letras de cambio y títulos de propiedad. Satisface un requisito legal histórico de que las partes en un contrato deben intercambiar una valiosa consideración para que el contrato sea válido. La frase «por el valor recibido» significa que las partes estipulan el valor de la contraprestación, por lo que no se puede plantear una disputa contractual sobre la base de la insuficiencia de la contraprestación.

El derecho contractual en los países con sistemas legales derivados del derecho consuetudinario inglés estableció requisitos históricos para los contratos válidos. Esto tiene sentido práctico, ya que los contratos verbales y escritos impulsan el comercio. La ley está diseñada para permitir a las partes identificar las condiciones bajo las cuales se forma un contrato válido y demandar por incumplimiento de contrato o cumplimiento específico si no se cumplen los términos de un contrato.

Históricamente, un contrato válido tenía que demostrar que se hizo una oferta, que la oferta fue aceptada y que se ofreció una valiosa consideración a cambio de la promesa de una parte de cumplir. Por ejemplo, un contrato válido para el lavado de ventanas haría que el trabajador ofrezca servicios por una tarifa específica, el propietario acepte la oferta y el propietario presente o prometa presentar una consideración o pago por los servicios. Si el limpiador de ventanas no funciona o el propietario no paga, el tribunal decidirá el caso basándose en la existencia de un contrato válido.

En algunos casos, una parte disputaría la validez de un contrato basado en una consideración inexistente o inadecuada. Por ejemplo, si una persona mayor prometió entregar su casa a un pariente, y luego cambia de opinión, el pariente podría demandar para que la casa sea transferida por incumplimiento de contrato si existiera un acuerdo firmado a tal efecto. Si el pariente no pagó ningún dinero a cambio de la transferencia de la propiedad, el tribunal podría sostener que no se intercambió ninguna consideración y no se intentó celebrar un contrato de venta. El acuerdo podría verse como un regalo potencial que la persona mayor decidió no hacer a su discreción.

Para evitar que las partes aleguen que no se intercambió una contraprestación real, o que se intercambió una contraprestación que no era proporcional al valor del artículo o servicio ofrecido por la otra parte, se adoptó el término «por valor recibido». El uso de «por valor recibido» toma la determinación de la idoneidad de la consideración fuera del alcance de la corte. Cuando se usa esa frase, las partes admiten que la consideración fue suficiente para hacer un contrato vinculante.

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