Una orden al cierre se refiere a una transacci?n que el inversor estipula que ocurrir? lo m?s cerca posible al final del d?a de negociaci?n, tratando de ejecutar la orden al precio de cierre o cerca de ?l. Los corredores retrasan la presentaci?n de las ?rdenes al cierre, tambi?n conocidas como ?rdenes de mercado en cierre (MOC), sin importar cu?ndo las reciban, hasta los ?ltimos minutos de negociaci?n. Los corredores pueden cumplir con los pedidos directamente desde el piso de una bolsa de valores nacional o regional, desde el inventario interno de la corredur?a o desde un creador de mercado externo. Alternativamente, pueden utilizar la Red de comunicaciones electr?nicas (ECN), que rutinariamente empareja las ?rdenes de compra y venta correspondientes. Las ?rdenes de piso deben pasar manualmente al agente de piso antes de que sea posible la ejecuci?n, lo que hace que el tiempo sea cr?tico para una orden de piso al cierre.
La contraparte de una orden al cierre es la orden de apertura, que exige una transacci?n al comienzo del d?a de negociaci?n en o cerca del precio de apertura. Otro nombre para el orden de apertura es rotaci?n abierta. El tiempo y el m?todo de ejecuci?n de la orden pueden afectar el ?xito general de la orden. Las ?rdenes limitadas, que establecen restricciones de precio fijo para comprar o vender, pueden no completarse si se colocan demasiado tarde en el d?a de negociaci?n. Para las ?rdenes de mercado, que se ejecutan independientemente del precio, la velocidad y el tiempo preciso son vitales.
Algunos corredores reciben incentivos de los creadores de mercado para enrutar los pedidos a trav?s de ellos. Los pedidos internos llenados del inventario de corretaje generan ganancias del diferencial. No importa c?mo se complete un pedido, el corredor est? obligado a realizar transacciones de una manera que produzca el mejor resultado posible para el cliente. La Comisi?n de Bolsa y Valores (SEC) exige en la Regla de Divulgaci?n de la SEC que los corredores revelen los detalles de cada orden de mercado e informen a los inversores del servicio de ejecuci?n sub?ptimo. Los corredores con malos registros de ejecuci?n deben pagar fuertes multas y sanciones.
Los inversores que venden valores intentan capitalizar el volumen acelerado cerca del final de un d?a de negociaci?n colocando ?rdenes al cierre. Si un inversor quiere limitar su posibilidad de un precio desfavorable, puede colocar una orden de l?mite de venta al cierre, que coloca un m?nimo en el precio de venta. Por ejemplo, un operador que desea vender 100 acciones de XYZ a una suma de $ 50.00 d?lares estadounidenses por acci?n o m?s, colocar?a un l?mite de cierre de venta a $ 50 USD. Si los precios cayeran a $ 48 USD por acci?n, el corredor no ejecutar?a la orden. Sin embargo, si el precio aumentara a $ 51 USD por acci?n, el pedido se completar?a.
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