Una SEP-IRA (Cuenta de jubilaci?n individual de jubilaci?n individual para empleados) o Plan de pensi?n de empleado simplificada, es un plan de jubilaci?n disponible para los trabajadores independientes y propietarios de peque?as empresas. Los elegibles para establecer una SEP-IRA son propietarios ?nicos, aquellos en sociedades y propietarios de negocios de empresas no incorporadas o incorporadas, incluidas las corporaciones S. El propietario debe obtener ingresos por cuenta propia mediante la prestaci?n de un servicio.
Un SEP-IRA es, en una palabra, simple. La puesta en marcha y la administraci?n del plan son menos costosas que con los planes de pensiones tradicionales. Hay relativamente poco papeleo para completar, y no se requieren informes anuales para el IRS. La fecha l?mite para comenzar y contribuir a un plan SEP-IRA es la fecha l?mite de presentaci?n de impuestos de la empresa, que generalmente es el 15 de abril.
Los beneficios de un plan SEP-IRA van m?s all? de su simplicidad. Como con la mayor?a de los planes de jubilaci?n, el dinero se difiere de impuestos hasta que se retira. Las contribuciones son flexibles y no tienen que hacerse todos los a?os.
El porcentaje aportado por el empleador puede fluctuar cada a?o siempre que sea el mismo para cada empleado. Hasta el 25% de la compensaci?n de un empleado est? permitida para el beneficio fiscal, hasta 44,000 d?lares estadounidenses (USD) para 2006. La contribuci?n m?xima, en la que se basa la contribuci?n del empleador, es de 220,000 USD en el a?o 2006.
Hay pocos requisitos que estipulan qui?n es un empleado elegible. Un empleado elegible debe tener al menos 21 a?os y debe haber prestado servicio durante al menos tres de los ?ltimos cinco a?os. Todos los empleados elegibles deben participar, incluidos los empleados a tiempo parcial y de temporada. Los empleados que no tienen que ser incluidos en el plan son: aquellos cubiertos por un contrato sindical, extranjeros no residentes y aquellos que han ganado menos de 450 USD durante el a?o.
Una SEP-IRA puede transferirse a otra SEP-IRA, una IRA tradicional u otro plan de jubilaci?n calificado que permita transferencias. Un empleado no puede tomar un pr?stamo de un SEP-IRA, pero puede realizar retiros. Por supuesto, al igual que con otros planes de jubilaci?n, el retiro est? sujeto al impuesto sobre la renta del a?o en que se distribuy?, pero las sanciones son relativamente bajas.
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