Como parte del Código Comercial Uniforme (UCC), el Artículo 9 se refiere a la sección de este código que rige las transacciones aseguradas de bienes, ya sean tangibles o intangibles, y los derechos de las partes involucradas. La mayoría de los Estados Unidos opera bajo los artículos de este código, por lo que juega un papel importante en la formación, ejecución y venta de intereses de seguridad. Con frecuencia se hace referencia a él en los tratos entre deudores, deudores y partes garantizadas cuando se trata de derechos de propiedad. También regula la venta de bienes de chattel, que generalmente se definen como bienes muebles tangibles.
El artículo 9 abarca la deuda garantizada de todo tipo, incluidas hipotecas, escrituras, gravámenes y bienes físicos, como madera, ganado y cultivos. Los contratos de bienes inmuebles, el comercio de productos básicos y los gravámenes agrícolas son ejemplos de transacciones regidas por las regulaciones del Artículo 9. Los detalles de esta parte de la UCC afectan a las hipotecas residenciales, comerciales y agrícolas, así como a las transacciones de futuros y opciones de productos básicos.
En enero de 2002, el Artículo 9 fue revisado para otorgar a los acreedores mayores derechos a garantías y hacer que las presentaciones de estados financieros estén sujetas a requisitos más estrictos. Un deudor se considera la parte con un interés de propiedad, y el deudor es la entidad responsable de pagarlos. Una parte asegurada es aquella que se beneficia de la creación de una transacción asegurada. Alternativamente, él o ella actúa como un agente neutral para los titulares de gravámenes, escrituras u otros contratos garantizados.
Al abordar la presentación precisa y veraz de los estados financieros, se espera que los deudores presenten dentro de su jurisdicción y bajo un nombre registrado. Se puede usar un nombre comercial o individual, siempre que no intente ocultar la identidad del deudor. Una corporación con múltiples ubicaciones generalmente usará la dirección de las oficinas principales, y una organización local o individuo elegirá el estado en el que está registrada.
Además de los estados financieros, las nuevas revisiones requieren que los acreedores de ejecución hipotecaria llenen formularios utilizados para satisfacer a los acreedores garantizados con respecto a la disposición de su garantía. Esta medida está destinada a reducir el conflicto entre las partes que buscan la restitución de la entidad de ejecución hipotecaria. Un acreedor garantizado debe tener un estado financiero UCC-1 en el archivo. Este documento detalla los derechos del acreedor a dicha garantía. Las revisiones de 2002 se pueden aplicar a cualquier transacción que finalice antes de que las nuevas leyes entren en vigencia, pero no a los procedimientos legales en curso que se iniciaron antes de los cambios.
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