¿Qué es una cláusula de dificultad económica?

Una cláusula de dificultad es un término contractual que se refiere a una situación en la que las partes de un contrato pueden encontrar una situación en el curso de su relación contractual que puede hacer que sea extremadamente difícil para cualquiera de ellos cumplir con los términos acordados en su contrato. En esta situación, la cláusula de privación ofrece una opción para que ambas partes renegocien los términos, lo que hace que la ejecución del contrato sea razonablemente más fácil para ambas partes. Un punto a tener en cuenta es el hecho de que una cláusula de privación no pretende excluir a ninguna de las partes del cumplimiento de los términos del contrato. Más bien, la cláusula de privación simplemente deja una especie de margen de maniobra donde las partes del contrato pueden sentarse y elaborar un plan alternativo.

Un ejemplo de la aplicación de la cláusula de privación se puede dibujar usando un ejemplo de dos socios comerciales y partes de un contrato: Sr. A y Sr. B. En esta situación, suponga que el Sr. A y el Sr. B han firmado un contrato. contrato para que el Sr. A construya un edificio prefabricado para el Sr. B en su empresa en una fecha determinada y de acuerdo con un diseño específico. Durante la construcción y producción del edificio prefabricado del Sr. B, el Sr. A recibe erróneamente el diseño de otro cliente, el Sr. C, que tiene un diseño similar al diseño del Sr. B. El Sr. A produce el edificio que el Sr. B rechaza, porque no se ajusta precisamente a sus especificaciones. Mientras tanto, parte de la planta de producción del Sr. A se incendia y él no tiene el equipo necesario para producir el requisito exacto del edificio del Sr. B.

Mediante la aplicación de la cláusula de privación en el contrato entre el Sr. A y el Sr. C, podrían renegociar el contrato donde el Sr. B elegiría otro plan que el Sr. A pueda producir con el equipo disponible ya que ya no tiene la capacidad o equipo necesario para producir el diseño anterior. El Sr. A tampoco puede reemplazar el equipo destruido, porque la empresa que fabrica el equipo necesario para producir el diseño exacto del Sr. B se declaró en quiebra y ya no produce el equipo. En este caso, aún se esperaría que el Sr. A produzca un edificio prefabricado para el Sr. B, ya que tiene otros equipos que pueden ofrecer la mejor alternativa al diseño. Aún así, las dos partes tendrían que idear una alternativa que le permitiera al Sr. A cumplir con sus obligaciones tal como se detallan en las disposiciones de la cláusula de penuria.