La propiedad conjunta es una condici?n en la cual m?ltiples partes compran un activo juntas, compartiendo las responsabilidades y los beneficios asociados con esa propiedad compartida. Este tipo de acuerdo puede adoptar varias formas, especialmente cuando el activo en cuesti?n es una parcela de bienes ra?ces. Con la mayor?a de los tipos de copropiedad, las leyes y regulaciones locales regir?n c?mo se establecen los derechos de propiedad, la distribuci?n de beneficios a cada copropietario e incluso lo que sucede con la propiedad en caso de que uno de los propietarios fallezca.
Uno de los ejemplos m?s comunes de copropiedad se conoce como tenencia conjunta. Con este acuerdo, los copropietarios tienen el beneficio de poder compartir los derechos y responsabilidades relacionados con la propiedad, generalmente en proporci?n a la cantidad de inter?s que cada uno tiene en la propiedad inmobiliaria. Una ventaja importante de esta forma de copropiedad es que si uno de los propietarios fallece, su inter?s se transferir? autom?ticamente al propietario o propietarios sobrevivientes, sin la necesidad de pasar por un largo proceso de sucesi?n para asignar ese inter?s en la propiedad. Incluso si no se ha preparado un testamento y testamento final dejando la propiedad a los propietarios restantes, las leyes de tenencia conjunta en muchas naciones a?n permiten esta transferencia autom?tica de propiedad. Desde esta perspectiva, la tenencia conjunta puede contribuir en gran medida a simplificar el proceso de liquidaci?n de un patrimonio.
Otro ejemplo de copropiedad se conoce como tenencia en com?n. Este acuerdo permite que dos o m?s partes posean una propiedad parcial de la propiedad, y cada una de ellas tambi?n es responsable del mantenimiento de los bienes inmuebles involucrados, as? como de asegurarse de que los impuestos se liquiden de manera oportuna. Con este acuerdo, no hay transferencia autom?tica de propiedad a un propietario sobreviviente en caso de fallecimiento. En cambio, el inter?s del propietario fallecido en la propiedad se transferir? a un beneficiario designado en un testamento. Ese beneficiario puede optar por participar en el arrendamiento en un acuerdo com?n, o vender su inter?s a uno de los otros propietarios con relativa facilidad.
La copropiedad tambi?n a veces tiene la forma de lo que se conoce como propiedad comunitaria. Si bien una tenencia conjunta o una tenencia en com?n puede involucrar a parejas casadas, otros parientes, amigos o incluso socios comerciales, este tipo particular de acuerdo generalmente involucra a dos propietarios legalmente casados ??o reconocidos por el gobierno local como pertenecientes a otro tipo de relaci?n legalmente reconocida, como una uni?n civil. Con la propiedad comunitaria, los bienes inmuebles de propiedad conjunta de la pareja se transfieren autom?ticamente al c?nyuge o pareja sobreviviente en caso de fallecimiento de la otra parte. De esta manera, el acuerdo es similar al de una tenencia conjunta, ya que no hay necesidad de esperar a que se testee un testamento para determinar qui?n es el propietario del inmueble. No es raro que las parejas legalmente reconocidas creen tambi?n testamentos y testamentos que se designen mutuamente como beneficiarios, con estipulaciones de que en caso de que ambas partes mueran, sus bienes comunitarios se distribuir?n a sus hijos u otros herederos designados de acuerdo con el instrucciones encontradas en el testamento mismo.
Inteligente de activos.