El otorgamiento de acantilados, la pr?ctica de otorgar a una persona un inter?s de propiedad total en un activo de una vez, conlleva beneficios tanto para el otorgante como para el receptor de los activos. El concepto se encuentra m?s com?nmente en los programas de jubilaci?n e incentivos para empleados, as? como en la ley de herencia. Sin embargo, en todos los casos, prev? el paso del tiempo entre la concesi?n de un activo y el inter?s total del destinatario en ese activo.
La mayor?a de los estadounidenses est?n familiarizados con el concepto de adjudicaci?n como un elemento de los planes de ahorro para la jubilaci?n patrocinados por el empleador al que pertenecen. El inter?s de propiedad de los empleados, o la adquisici?n de derechos, en sus propias contribuciones al plan es total e inmediato. Sin embargo, si el empleador contribuye al plan, el empleado generalmente no tiene derechos de propiedad completos e inmediatos sobre esas contribuciones. En cambio, debe esperar un cierto per?odo de tiempo antes de que se realice la adquisici?n.
Algunos planes se otorgan gradualmente, de modo que el inter?s del empleado aumenta con el tiempo, generalmente en un 20% cada a?o. Otros emplean la concesi?n de acantilados: el empleado no tiene ning?n inter?s en absoluto durante un cierto per?odo de tiempo, despu?s de lo cual inmediatamente tiene una participaci?n del 100%. El cambio completo e inmediato efectivo podr?a compararse con la experiencia repentina de caerse de un precipicio, de ah? el t?rmino.
Las ventajas para los empleadores de la concesi?n de acantilados en los programas de jubilaci?n son claras. La imposici?n de un per?odo de espera para la adjudicaci?n total proporciona al empleado un incentivo para permanecer en el trabajo. Otro incentivo de retenci?n se hace cargo una vez que el empleado est? investido; muchos empleados, despu?s de pasar por el per?odo de espera para obtener la autorizaci?n, preferir?an no tener que repetir la experiencia con otro empleador.
La alternativa a la consolidaci?n de acantilados, la consolidaci?n gradual o gradual, generalmente comienza antes en el empleo de una persona. Despu?s de un solo a?o, por ejemplo, la mayor?a de los planes requieren un 20% de adjudicaci?n. Por lo tanto, un empleado podr?a terminar el empleo y salir con el 20% de las contribuciones del empleador al plan de ahorro para la jubilaci?n. Desde la perspectiva del empleador, esto podr?a verse como dinero desperdiciado.
La adquisici?n de derechos tambi?n es una caracter?stica de algunos planes de incentivos para empleados. Muchos empleadores otorgan opciones sobre acciones a sus empleados, pero esas opciones generalmente no se pueden ejercer de inmediato. Algunos empleadores ofrecen una concesi?n incremental en las opciones, de modo que despu?s de un cierto per?odo de tiempo, el empleado tiene un inter?s del 20% y as? sucesivamente. Otros empleadores otorgan el 100% de la concesi?n despu?s de un cierto per?odo de tiempo, tradicionalmente un a?o despu?s de la concesi?n inicial. Cuanto mejor sea el empleador durante ese per?odo de 12 meses, m?s valiosas ser?n las opciones y mayor ser? el rendimiento para el empleado.
La ley de herencia tambi?n presenta la concesi?n de acantilados como una forma de proteger un patrimonio y sus herederos. Muchos testamentos legan dinero y bienes a los herederos y otros beneficiarios, pero a menudo solo a aquellos que a?n est?n vivos seis meses despu?s de la muerte del difunto, lo que logra dos objetivos importantes. Primero, en caso de un desastre que cobra la vida de varios miembros de una familia, evita los problemas asociados con las disputas sobre qui?n muri? primero. En segundo lugar, intenta evitar que las herencias pasen de una a otra y luego a una tercera persona, as? como las posibles consecuencias fiscales involucradas. Por lo tanto, se puede nombrar a una persona como beneficiaria de un testamento, pero no otorgarle la herencia hasta que hayan transcurrido seis meses, momento en el cual se completa la consolidaci?n.
Inteligente de activos.