Un contrato de dotaci?n modificado es una forma de seguro de vida cuyo valor en efectivo crece r?pidamente debido a los grandes pagos de primas durante los primeros siete a?os de existencia de la p?liza. Antes de 1988 en los Estados Unidos, algunos asegurados aprovecharon la legislaci?n fiscal vigente para acceder a las ganancias de sus p?lizas sin pagar impuestos sobre ellas. En 1988, la ley se modific? para establecer impuestos sobre los montos distribuidos de los contratos de dotaci?n modificados para cualquier prop?sito que no sea el pago de un beneficio por fallecimiento a un beneficiario.
El valor en efectivo es un concepto subyacente a las p?lizas de seguro de vida entera y a las p?lizas de seguro de vida universal. Parte de la prima peri?dica pagada por el titular de la p?liza paga el costo del seguro, y una peque?a parte paga los costos administrativos del mantenimiento de la p?liza. El saldo se guarda en una cuenta dedicada llamada valor en efectivo, que crece a partir de contribuciones peri?dicas de pagos de primas, as? como de intereses y dividendos ganados. Esa parte se convierte en un activo del tomador del seguro que puede retirarse (tambi?n disminuyendo el beneficio por fallecimiento) o contraerse a un tipo de inter?s preferencial. Si bien el valor en efectivo de una p?liza tambi?n se puede retirar, ya sea en su totalidad o en parte, las tarifas impuestas por la compa??a de seguros hacen de esta una alternativa poco atractiva a un pr?stamo de la p?liza.
Tradicionalmente, los ingresos del seguro generalmente est?n exentos de impuestos. Esto se aplica no solo a los beneficios por fallecimiento pagados, sino tambi?n a los pr?stamos, los retiros parciales y las entregas totales. Por lo tanto, un asegurado podr?a pedir prestado contra el valor en efectivo acumulado en una p?liza de seguro de vida y no pagar impuestos sobre ninguna parte de los ingresos.
En el per?odo de alto inter?s de principios de la d?cada de 1980, muchos asegurados aprovecharon esta situaci?n al hacer grandes pagos de primas, mucho m?s de lo que se requer?a para mantener sus pol?ticas. Lo que no se requer?a para mantener la pol?tica vigente se depositaba en valor en efectivo, donde crecer?a a las tasas vigentes en ese momento, que a menudo se aproximaban al 20% anual. Despu?s de unos a?os de tal crecimiento, tomar?an pr?stamos de p?lizas libres de impuestos y no los pagar?an, benefici?ndose as? de las altas tasas de inter?s sin pagar impuestos sobre las ganancias.
En 1988, el C?digo Fiscal de los Estados Unidos se modific? para desalentar esta pr?ctica. Se defini? como un contrato de dotaci?n modificado cualquier p?liza de seguro de vida en la cual las primas pagadas en cualquier momento durante los primeros siete a?os exced?an las pautas. Estas pautas se establecieron utilizando una «Prueba de siete salarios», que b?sicamente define la prima m?xima permitida por a?o que proporcionar?a el costo del seguro y un crecimiento modesto del valor en efectivo. Si las primas totales pagadas en alg?n momento durante esos siete a?os excedieron el est?ndar de la prueba, toda la p?liza se defini? como un contrato de dotaci?n modificado. Se pueden tomar medidas correctivas, pero solo durante un corto per?odo de tiempo; si no se toma, la determinaci?n es irrevocable y ninguna acci?n posterior por parte del titular de la p?liza o la aseguradora puede cambiarla.
Los cambios en la ley tributaria en 1988 no prohibieron el contrato de dotaci?n modificado, pero desaconsejaron con ?xito su uso como un veh?culo de ahorro a corto plazo al imponer impuestos sobre la renta y, a veces, sanciones, sobre cualquier desembolso del valor en efectivo que no sea el beneficio por fallecimiento. La mayor?a de las compa??as de seguros supervisar?n sus p?lizas de seguro de vida y alertar?n a los asegurados si una p?liza en alg?n momento falla la prueba de siete pagos y se convierte en un contrato de dotaci?n modificado.
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