La liquidaci?n de quiebra, tambi?n conocida como liquidaci?n del Cap?tulo 7, implica la venta de activos como un medio para pagar una parte de las deudas pendientes con los acreedores. Si bien la solicitud de liquidaci?n por bancarrota finalmente elimina todas las deudas, no es inusual que a los acreedores se les ofrezca alg?n tipo de pago porcentual sobre los saldos adeudados por el deudor. El proceso de liquidaci?n de activos para proporcionar ese pago porcentual normalmente es supervisado por el tribunal de jurisdicci?n o un administrador o administrador designado por el tribunal.
El prop?sito de la liquidaci?n de bancarrota es crear la mejor soluci?n posible para todas las partes involucradas. Al exigir la venta de ciertos activos para pagar una parte del endeudamiento pendiente, el tribunal de jurisdicci?n asegura que los acreedores no experimenten una p?rdida total debido al despido de la deuda. Al mismo tiempo, el deudor se libera de una carga de deuda que ya no puede pagar bajo ninguna circunstancia.
La solicitud de liquidaci?n de quiebra es un proceso que variar? de alguna manera de una jurisdicci?n a otra. Los detalles sobre los tipos de activos que pueden considerarse fuentes viables de ingresos para aplicar a la deuda no ser?n los mismos en todos los lugares. Sin embargo, los activos que se consideran necesarios generalmente est?n exentos de la venta. Por ejemplo, la ropa se considerar?a esencial, al igual que la mayor?a de los electrodom?sticos. La mayor?a de los tribunales tambi?n consideran que el equipo o las herramientas que necesita el deudor para continuar trabajando en su profesi?n son necesidades y no est?n sujetas a venta para pagar la deuda.
Cumplir con los requisitos de elegibilidad es esencial antes de que un tribunal considere una declaraci?n de quiebra. En muchos lugares, las personas o parejas que buscan declararse en quiebra deben poder demostrar dificultades, como obtener un ingreso menor o igual que el nivel medio de ingresos. Factores como la p?rdida de empleo, las reversiones en la salud u otras situaciones de emergencia tambi?n pueden ser motivos para permitir que se produzca la quiebra. Adem?s, el peticionario no puede haberse declarado en bancarrota de ninguna forma durante al menos un per?odo de seis a?os. En algunos casos, ese per?odo es de hasta diez a?os, dependiendo del tipo de bancarrota presentada previamente y las leyes que rigen los procedimientos de bancarrota en la jurisdicci?n.
Si bien la liquidaci?n de bancarrota es a veces la ?nica forma de resolver los problemas de deuda, la mayor?a de los analistas financieros recomiendan que se investiguen todos los dem?s medios posibles para resolver la deuda pendiente antes de declararse en quiebra. La incidencia de una liquidaci?n de quiebra permanecer? en el informe de cr?dito durante varios a?os y puede resultar m?s inhibitoria para compras futuras que otras formas de resoluci?n de deuda.
Inteligente de activos.