La Regla 144 regula la venta de valores restringidos o de control: acciones que de otra manera no podr?an venderse debido a la Ley de Valores de los Estados Unidos de 1933. La Ley de Valores fue la primera regulaci?n del mercado de valores del gobierno federal de los Estados Unidos y fue promulgada a ra?z de el colapso del mercado de valores de 1929. Entre los objetivos de la ley estaban ayudar a nivelar el campo de juego entre el inversionista promedio y los «expertos» que podr?an tener una ventaja injusta debido a su posici?n en una empresa regulada.
Los valores restringidos son aquellos que no se han registrado previamente en la Comisi?n de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC), que supervisa las acciones. Las acciones emitidas p?blicamente se registran como parte del proceso de oferta inicial, pero algunas otras acciones escapan a este escrutinio. Las ofertas peque?as y localizadas a menudo est?n exentas, al igual que las acciones pagadas como parte de un plan de beneficios para empleados o como compensaci?n por servicios profesionales. Los certificados de acciones restringidas normalmente se sellan con un aviso de su estado restringido.
Los valores de control son propiedad de «expertos», directores o grandes accionistas de una empresa que est?n en condiciones de controlar potencialmente sus pol?ticas o gesti?n. Se supone que estas personas con informaci?n privilegiada o afiliadas tienen acceso a informaci?n que no est? disponible para los miembros del p?blico inversionista. Esta combinaci?n de conocimiento interno y propiedad de grandes bloques de acciones constituye una ventaja injusta y aumenta el potencial de fraude. La Regla 144 proporciona un remedio de equilibrio para esta ventaja cuando los afiliados desean liquidar sus tenencias.
La regla 144 establece cinco condiciones b?sicas para ayudar a garantizar que las transacciones sean equitativas:
1. Per?odo de tenencia: los valores restringidos de una empresa sujeta a los requisitos de informaci?n de la Ley de Bolsa de Valores de 1934 deben mantenerse durante al menos seis meses. Para aquellos que no est?n obligados a informar, el per?odo de espera es de un a?o.
2. Informaci?n actual adecuada: antes de que se pueda realizar una venta, la empresa emisora ??debe haber cumplido con los requisitos de informaci?n de la Ley de Intercambio
3. F?rmula del volumen de negociaci?n: El volumen vendido por un afiliado durante cualquier per?odo de tres meses se limita al 1 por ciento de las acciones en circulaci?n o al 1 por ciento del volumen de negociaci?n semanal durante las cuatro semanas anteriores a la venta, lo que sea mayor.
4. Transacciones ordinarias de corretaje: las ventas de los afiliados deben manejarse como transacciones normales a tasas de comisi?n normales, sin solicitar ?rdenes de compra.
5. Presentaci?n de un aviso de venta propuesta: Se debe notificar a la SEC si las ventas totales superan las 5,000 acciones o $ 50,000 d?lares estadounidenses en cualquier per?odo de tres meses, y si no se completa la venta completa.
Finalmente, la Regla 144 requiere la eliminaci?n de los certificados del sello que designa el stock como restringido. Esto solo puede ser eliminado por el agente de transferencia de stock. Tambi?n se requiere la concurrencia del abogado de la empresa emisora.
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