El trato nacional significa dar a las importaciones de otros países el mismo trato que a los productos nacionales de los propios nacionales. Este principio comercial es utilizado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) en todos los acuerdos comerciales de sus miembros. Se aplica en varios acuerdos comerciales a bienes y servicios nacionales e internacionales, marcas registradas, patentes y derechos de autor.
Según el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), los impuestos y cargas internos sobre los bienes importados deben aplicarse de la misma manera que se aplican a los bienes nacionales. Las leyes, reglamentos y requisitos para la compra y venta de productos nacionales no pueden ser menos favorables para los productos importados. El trato nacional solo se aplica una vez que un producto ha entrado en el mercado del país receptor. Por lo tanto, el cobro de derechos de aduana sobre las importaciones no se considera un trato desfavorable incluso si los productos nacionales no pagan un impuesto local equivalente.
El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) exige que los países miembros den a los servicios y proveedores de servicios extranjeros el mismo trato que se les da a sus propios proveedores nacionales. Incluso tratar a todos los demás países miembros de manera idéntica entre sí pero de manera diferente al propio se considera un trato desfavorable. El acuerdo sobre los aspectos de la propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) exige el trato nacional para las marcas registradas, las patentes y los derechos de autor. La propiedad intelectual no puede recibir un trato menos favorable que la propiedad de los nacionales. Se prevén excepciones para disposiciones específicas de convenios internacionales anteriores sobre propiedad intelectual, como el Convenio de París (1967) y el Convenio de Berna (1971).
El estatus de nación más favorecida tiene una intención similar al trato nacional. Aunque el término “nación más favorecida” puede parecer discriminatorio, no lo es. Significa tratar a todos los países miembros por igual, y los principios de nación más favorecida están incorporados en los acuerdos GATTS, GATT y ADPIC. Según los acuerdos de la OMC, un país miembro normalmente no puede discriminar entre socios comerciales. Si se dan consideraciones comerciales especiales a algunos miembros, deben darse a todos.
Hay excepciones al trato nacional más favorecido. Por ejemplo, los países pueden establecer un acuerdo de libre comercio que se aplique solo a los bienes comercializados dentro del grupo, lo que de hecho discrimina a los bienes fuera del grupo. Un país miembro también puede otorgar acceso especial al mercado a los países en desarrollo. Un país que considere que determinados países comercializan productos de manera injusta puede levantar barreras a la importación de esos productos.
La intención de la nación más favorecida y del trato nacional es garantizar la igualdad de condiciones para el comercio mundial. La OMC cree que sus reglas promueven una competencia abierta, justa y sin distorsiones. También permiten a los países más desarrollados importar productos de los países menos desarrollados. Los países menos desarrollados tienen entonces la oportunidad de incursionar en el mercado global.