La asignaci?n de garant?as del seguro de vida es un tipo de garant?a que los prestamistas extraen de los prestatarios como base o condici?n para prestarles dinero. Es una especie de seguridad para el prestamista que garantiza que se le reembolsar? su dinero. El prestamista obtiene esta garant?a del prestatario cuando el prestamista necesita una garant?a adicional de que el prestatario pagar? la deuda. El propietario del seguro puede asignar un seguro de vida a cualquiera, lo que lo hace ideal para los prestatarios.
Un prestamista puede insistir en una asignaci?n colateral de seguro de vida cuando no est? seguro de que el prestatario reembolsar? el dinero. Puede ser una condici?n para el desembolso de un pr?stamo. En este caso, el prestatario contratar? una p?liza de seguro de vida y nombrar? al prestamista como beneficiario. Si el prestatario fallece antes de pagar el pr?stamo, el prestamista recuperar? ese dinero de los dividendos de la p?liza de seguro de vida.
El prestamista solo puede recuperar el dinero que se le debe y no m?s. Si queda dinero despu?s de que el prestamista haya extra?do la deuda que se le adeuda, el dinero se pagar? a los dem?s beneficiarios del seguro de vida, generalmente los miembros de la familia del prestatario. Si el prestatario no nombr? a otra persona que no sea el prestamista como beneficiario, el saldo se aplicar? al patrimonio del prestatario.
La mayor?a de las compa??as de seguros est?n familiarizadas con la asignaci?n de garant?as de seguros de vida, y cada compa??a tiene sus propias pol?ticas para dicha cobertura. Algunas compa??as de seguros tratar?n de contactar al prestamista directamente para averiguar exactamente cu?nto espera obtener de la asignaci?n colateral del seguro de vida si el propietario del seguro muere. Tambi?n pueden querer saber qu? tipo de t?rminos est? asignando el prestamista a la asignaci?n de garant?as del seguro de vida. Las compa??as de seguros hacen esto para evitar sorpresas en caso de que ocurra tal evento.
Si el prestatario puede pagar el dinero adeudado al prestamista, entonces el prestamista no tendr? derecho a ning?n dinero de la p?liza de seguro de vida. El acuerdo entre el prestatario y el prestamista con respecto a la asignaci?n colateral del seguro de vida generalmente contiene una cl?usula seg?n la cual el reclamo del prestamista como beneficiario del seguro de vida se anula al pagar la totalidad de la deuda adeudada. La p?liza de seguro de vida simplemente sirve como respaldo en caso de que el prestatario no cumpla con el pago del pr?stamo o en caso de que el prestatario fallezca antes de pagarle al prestamista todo el dinero adeudado.
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