¿Qué es un desalojo de la Sección 8?

En los Estados Unidos, algunas personas de bajos ingresos reciben un beneficio de vivienda en forma de vales de elección de vivienda, más comúnmente conocido como Sección 8. La Sección 8 es un programa federal financiado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD) y proporciona a las autoridades locales de vivienda pública (PHA) vales que se pueden aplicar a los pagos de alquiler de un inquilino a un propietario privado. Los inquilinos en viviendas de la Sección 8 deben ser desalojados utilizando el mismo procedimiento que cualquier otro inquilino, que generalmente incluye una audiencia en la corte. Sin embargo, debido a que la PHA paga parte del alquiler de un inquilino de la Sección 8, la PHA puede convertirse en parte del desalojo. Por ejemplo, si un propietario en la ciudad de Nueva York quiere desalojar a un inquilino de la Sección 8 porque el inquilino no ha pagado su alquiler o su alquiler, el propietario debe notificar a la PHA local antes de solicitar un desalojo.

Aunque a los propietarios que aceptan vales de la Sección 8 generalmente se les permite administrar su negocio de propietarios como mejor les parezca y pueden desalojar a inquilinos problemáticos o que no pagan, las reglas locales de la PHA pueden afectar la forma en que se maneja un desalojo de la Sección 8. Estas reglas pueden dictar motivos válidos para un desalojo de la Sección 8, la cantidad de aviso previo que se debe dar al inquilino, así como cualquier papeleo especial que deba completarse.

El desalojo de viviendas en los Estados Unidos suele ser una cuestión de leyes estatales y locales. Estas leyes establecen los motivos necesarios para desalojar a un inquilino y el proceso que debe seguirse para que el desalojo sea legal. Los inquilinos que estén preocupados por la pérdida de sus hogares generalmente pueden acercarse a su PHA para obtener asesoramiento sobre desalojo de la Sección 8. La PHA puede proporcionar servicios de mediación de desalojo que pueden ayudar tanto al propietario como al inquilino a evitar acudir a los tribunales. La PHA también puede intervenir con un propietario que esté amenazando con un desalojo ilegal.

Si un propietario está preocupado por desalojar a un inquilino de la Sección 8, es posible que desee consultar a un abogado que esté familiarizado con el desalojo de la Sección 8. Los desalojos pueden ser procedimientos complejos y comprender los matices de un desalojo de la Sección 8 puede ser difícil tanto para los propietarios como para los abogados. En algunos casos, un arrendador puede tener motivos limitados para elegir cuando intenta desalojar a un inquilino de la Sección 8, y un abogado con experiencia en desalojos puede ayudar al arrendador a probar su caso. La PHA también puede requerir que el arrendador le dé al inquilino un aviso anticipado significativo de los planes para solicitar el desalojo, y nuevamente el abogado puede ser útil para ayudar al arrendador a documentar su cumplimiento de esta regla.